CEMCOP
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
ACUERDO No 023-2020
(28 de Octubre de 2020)
El Consejo de Administración de CEMCOP, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. APROBACIÓN DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE CEMCOP- Apruébese la Política de Tratamiento de Datos Personales, la cual se transcribe a continuación:
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
CEMCOP
Contenido
8.1. Medios para otorgar la autorización.. 8
8.2. Prueba de la autorización.. 8
8.3. Revocatoria de la autorización. 8
11.2. Reclamos (Actualización, Rectificación, Supresión o Revocación). 10
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
La Cooperativa CEMCOP, se comprometerá a realizar el tratamiento de datos personales bajo los principios rectores de legalidad, finalidad, libertad, veracidad o calidad, transparencia, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad.
Es por esto por lo que, dando cumplimiento a la Ley 1581 de 2012 y su Decreto reglamentario 1377 de 2013, adopta la siguiente política para que todas las personas que, en desarrollo de sus actividades contractuales o comerciales, suministren información o datos personales, puedan conocerlos, actualizarlos y rectificarlos.
El alcance de esta Política será a los datos personales recolectados o que se recolecten en el futuro, registrados en cualquier base de datos de CEMCOP en el marco de su actividad económica, de igual manera, será informado a sus titulares.
Esta es la información general:
Razón Social: Cooperativa Cemcop
Nit: 890.301.310-1
Domicilio y Dirección: Calle 39 No 1-35
Teléfono: 489 05 82 Ext 6757
Correo electrónico: oficialdecumplimiento@cemcop.net Página web:https://cooperativacemcop.com/site/de-interes/politica-de-proteccion-de-datos/
Para efectos de la presente Política, se tienen en cuenta las siguientes definiciones establecidas por la normatividad vigente de protección de datos personales.
Siguiendo lo establecido en la Ley 1581 de 2012, CEMCOP aplicará los siguientes principios rectores para el tratamiento de los datos personales:
Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la normatividad vigente.
4. RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
5. TRATAMIENTO AL CUAL SERÁN SOMETIDOS LOS DATOS Y LA FINALIDAD DEL MISMO
CEMCOP realizará el tratamiento de los datos de directivos, empleados, exempleados, asociados, contratistas, proveedores u otros con los cuales tenga o tendrá establecida alguna relación permanente o temporal, bajo la normatividad vigente y aplicable.
Los datos personales que se recolecten y traten en CEMCOP podrán ser para:
6. DISPOSICIONES ESPECIALES PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES
Se podrá hacer uso y tratamiento de datos sensibles, solo cuando CEMCOP:
Ninguna actividad podrá condicionarse a que el Titular suministre Datos Personales sensibles.
El Tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes está prohibido, excepto cuando se trate de datos de naturaleza pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 7° de la Ley 1581 de 2012 y cuando dicho Tratamiento cumpla con los siguientes parámetros y requisitos:
Cumplidos los anteriores requisitos, el representante legal del niño, niña o adolescente otorgará la autorización previo ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado, opinión que será valorada teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto.
Todo responsable y encargado involucrado en el tratamiento de los datos personales de niños, niñas y adolescentes, deberá velar por el uso adecuado de los mismos. Para este fin deberán aplicarse los principios y obligaciones establecidos en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.
La autorización a CEMCOP para el tratamiento de los datos personales será otorgada por:
8.1 Medios para otorgar la autorización
CEMCOP obtendrán la autorización mediante diferentes medios, entre ellos el documento físico o electrónico, o en cualquier otro formato que en todo caso permita la obtención del consentimiento mediante conductas inequívocas a través de las cuales se concluya que de no haberse surtido la misma por parte del titular o la persona legitimada para ello, los datos no se hubieran almacenado o capturado en la base de datos.
La autorización siempre será solicitada por CEMCOP de manera previa al tratamiento de los datos personales.
En CEMCOP se conservará la prueba de la autorización otorgada por los titulares de los datos personales para su tratamiento, asegurándose de mantener los registros controlados y plenamente identificados, sean físicos o digitales, de esta forma CEMCOP, cumplen con la Responsabilidad Demostrada frente al Tratamiento de Datos Personales (Articulo 26 y 27 Decreto 1377/2013).
8.3 Revocatoria de la autorización.
Los titulares de los datos personales pueden en cualquier momento revocar la autorización otorgada a CEMCOP para el tratamiento de sus datos personales o solicitar la supresión de los mismos, siempre y cuando no lo impida una disposición legal o contractual.
CEMCOP pone a disposición del titular de los datos personales, mecanismos gratuitos y de fácil acceso, para que pueda revocar su autorización o solicitar la supresión de sus datos personales o la revocatoria de la autorización otorgada (Ver numeral 11 Procedimientos para ejercicio de derechos).
De acuerdo con la Ley 1581 de 2012, La autorización del Titular no será necesaria cuando se trate de:
10. DERECHOS DEL TITULAR DE LA INFORMACIÓN
Cumpliendo con lo establecido en la Ley 1581 de 2012, a continuación, se relacionan los derechos de los titulares de los datos personales:
Estos derechos podrán ser ejercidos por:
Los Titulares de los Datos Personales que estén siendo tratados por CEMCOP, podrán ejercer en cualquier momento sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir información y revocar la autorización, siempre y cuando no lo impida una disposición legal o contractual.
Los titulares o sus causahabientes podrán consultar la información de datos personales que repose en CEMCOP. Para ello se han establecido los siguientes mecanismos:
11.2 Reclamos (Actualización, Rectificación, Supresión o Revocación)
El Titular o sus causahabientes que consideren que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, cuando considere que la autorización deba ser revocada o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la normatividad vigente aplicable, podrán presentar un reclamo ante CEMCOP, el cual será tramitado bajo las siguientes reglas:
A. El reclamo se formulará mediante solicitud dirigida a CEMCOP a través de cualquiera de los siguientes mecanismos:
B. El reclamo se formulará con la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se quiera hacer valer. Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.
En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
C. Una vez recibido el reclamo completo por parte de CEMCOP, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga «reclamo en trámite» y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
D. El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo por parte de CEMCOP, cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
Se realizó en el mes de septiembre de 2020, Auditoria a la Seguridad de la Información Personal implementada y como parte del Principio de Responsabilidad Demostrada. La vigencia de las Bases de datos será el tiempo razonable y necesario para cumplir las finalidades del tratamiento, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Artículo 11 del decreto 1377 de 2013.
Se actualizó la información de las bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos “RNBD”, en el mes de octubre de 2020.
Artículo 2° Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de su aprobación y deroga todas las normas que le sean contrarias.
El presente acuerdo fue aprobado por el Consejo de Administración en reunión celebrada el 28 de octubre de 2020, tal como consta en acta No. 519 de la misma fecha.
LUIS ENRIQUE LÓPEZ RUEDA OSCAR LEAL ZAMBRANO
Presidente Secretario
¿Qué es?
El Seguro para su Ahorro de FOGACOOP es un mecanismo que le garantiza a los ahorradores de las cooperativas inscritas a FOGACOOP su dinero ahorrado, hasta por un valor máximo asegurado, al que se podrá tener acceso de una manera ágil y confiable ante una eventual liquidación de la cooperativa.
– Beneficios:
El principal beneficio de contar con el Seguro para su Ahorro es que los ahorradores de las cooperativas inscritas pueden tener la confianza que no perderán sus recursos ahorrados, hasta por un valor máximo asegurado, en las cooperativas que se encuentren inscritas al Fondo, ante una eventual liquidación de cualquiera de éstas.
Para tener en cuenta …
Tenga en cuenta que, por Ley, todas las cooperativas que ejercen actividad financiera, es decir que captan recursos del público y los colocan en operaciones activas de crédito, deben estar inscritas a FOGACOOP y autorizadas por la respectiva superintendencia que ejerza la supervisión de la cooperativa. Esto último implica que las cooperativas financieras deben estar autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia – Superfinanciera, y las cooperativas de ahorro y crédito y cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito deben estar autorizadas por la Superintendencia de Economía Solidaria.
Montos Cubiertos
Para las cooperativas de Ahorro y Crédito, supervisadas por la Superintendencia de la Economía Solidaria el valor máximo asegurado es de $12 millones de pesos moneda legal por persona.
Depósitos garantizados
Todas las modalidades de ahorro en las cooperativas inscritas a FOGACOOP, cuentan con la protección del Seguro para su Ahorro: depósitos de ahorro, certificados de depósitos de ahorro a término, depósitos de ahorro contractual y depósitos de ahorro permanente.
Fecha de última actualización: 4 de Agosto del 2019
AVISO DE PRIVACIDAD
La Cooperativa Cemcop, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en el Decreto 1377 de 2013, le manifiesta a sus Asociados, empleados, proveedores, prospectos y en general a todas aquellas personas que hayan entregado sus datos personales, que éstos se encuentran incluidos en sus bases de datos, con el fin de lograr una eficiente comunicación relacionada con los servicios, boletines informativos, videos, imágenes impresas, electrónicos (SMS, CHAT, correo electrónico y demás medios considerados electrónicos físicos y/o personales). así como gestionar y dar cumplimiento a las obligaciones contraídas con nuestros clientes, proveedores y empleados.
El uso y manejo de dicha información se realiza siguiendo nuestra Política y Procedimientos de Tratamiento de Datos Personales, garantizando los recursos tecnológicos y humanos idóneos para almacenar de manera segura la información; ninguna de las bases de datos será compartida ni entregada a terceros para fines comerciales o de otra índole guardando la debida confidencialidad de la información recolectada.
Los datos personales recolectados en la Cooperativa Cemcop serán utilizados para los siguientes fines:
Las demás finalidades que utiliza la Cooperativa Cemcop, la podrá consultar en nuestra Politica de Tratamiento de Datos Personales.
Estamos solicitando la autorización a todos los titulares, para continuar con el
tratamiento de sus datos personales, si usted desea consultar su información o suprimir sus datos personales de nuestras bases de datos, le agradecemos que se comunique a la dirección Cal le 39 No 1-35 de la Ciudad de Santiago de Cali, teléfono 489 05 82 ext. 6757, o al correo electrónico licethmarriaga@cemcop.net.
La omisión del titular de los datos de comunicar su decisión dentro del plazo establecido, habilita a la Cooperativa Cemcop, para continuar con el tratamiento de los datos acorde a lo establecido en el artículo 10 del decreto 1377 del 2013, lo anterior sin perjuicio del derecho que le asiste al titular de la información en cualquier momento, de consultar, conocer, actualizar, solicitar supresión o rectificación de sus datos personales; para ello puede consultar nuestra Política y Procedimientos en el Tratamiento de Datos Personales en nuestra página web www.cooperativacemcop.com.
Según la Circular Básica y Jurídica de la Supersolidaria en lo referente al control y prevención de los delitos del lavado de activos y de la financiación del terrorismo establece lo siguiente:
CAPÍTULO XI
INSTRUCCIONES PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO, MULTIACTIVAS E INTEGRALES CON SECCIÓN DE AHORRO Y CRÉDITO
CONSIDERACIONES GENERALES
En desarrollo de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 1121 de 2006 que modificó el artículo 23 de la Ley 365 de 1997, se señaló que todas las cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito están sujetas al cumplimiento de lo previsto en los artículos 102 a 107 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero – EOSF (Decreto 663 de 1993) y para ello deberán adoptar un Sistema Integral de Prevención y Control del Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo, en adelante SIPLAFT.
El marco legal existente en Colombia sobre el tema de prevención y control del lavado de activos y de la financiación del terrorismo, tiene como base fundamental el desarrollo de sistemas que permitan a los distintos sectores de la economía prevenir que, a través de las instituciones que los integran, sean utilizadas directamente o a través de sus operaciones como instrumento para el lavado de activos y/o la canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas, (en adelante LA/FT) o cuando se pretenda el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades.
En este sentido, las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional –GAFI-, adoptadas en 1989 en la Cumbre Económica por el G-7 (EE.UU, Japón, Alemania, Francia, Reino Unido, Italia, Canadá) y por el Presidente de la Comisión de la Comunidad Europea), acogidas para la región de Sudamérica mediante el “Memorando de Entendimiento entre los Gobiernos de los Estados del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica contra el Lavado de Activos (Gafisud)”, firmado en Cartagena de Indias el 8 de diciembre de 2000, en el cual participó Colombia, y que se aprobó mediante la Ley 1186 de 2008, establecieron la necesidad de crear y adoptar políticas y medidas, a nivel de países, con miras a intensificar y fortalecer la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
La Superintendencia de la Economía Solidaria, en su calidad de ente de supervisión, es responsable de velar porque las organizaciones cooperativas que desarrollan la actividad de ahorro y crédito y se encuentran bajo su supervisión, adopten sistemas adecuados de prevención y control del lavado de activos y de la financiación del terrorismo y que tales sistemas operen correctamente. Es responsabilidad de las organizaciones vigiladas hacer todo lo que esté a su alcance para que el SIPLAFT adoptado funcione, de modo tal que en el desarrollo de sus operaciones puedan prevenir y ser utilizadas como vehículos para la realización de actividades delictivas.
(tomado de la Circular 06 de 2015)
Para ampliar su información puede ingresar al siguiente enlace:
SUPERSOLIDARIA